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    La Eximente de miedo insuperable en el código penal peruano de 1991, su aplicación por los juzgados y salas penales de Junín

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    Durante nuestros estudios doctorales, hemos desarrollado la tesis que ahora sometemos a la opinión de los Profesores integrantes de la Comisión Revisora. El trabajo de investigación ha abarcado, la verificación y procesamiento de sentencias judiciales relativas a una causal de exención nueva en nuestro Código, circunscrita al obrar compelido por miedo insuperable de un mal igual o mayor, conforme al Art. 20.7 del Código Penal de 1991, pronunciadas en la Corte Superior de Junín y contrastadas con las decisiones de la Corte Suprema, en un lapso bastante representativo. Desde esa perspectiva se ha esclarecido el concepto técnico que se otorga al miedo insuperable en la doctrina contemporánea, criterio que no ha sido asumido por la exégesis jurisdiccional. Partiendo de esta realidad formulamos propuestas político criminales idóneas para potenciar un uso técnico y eficiente de la causal de miedo insuperable, que va incluso a la proposición de lege – ferenda, para la modificación del dispositivo vigente, a similitud del Código Español que le sirvió de modelo. Esta causa de exención de la responsabilidad criminal tiene una larga tradición en el derecho positivo español. El primer CP de ese país que tuvo realmente vigencia efectiva, el de 1848, ya lo contemplaba. En la doctrina española, se ha dado a la eximente de miedo insuperable minoritariamente el carácter de causa de justificación y dominantemente el de causa de inexigibilidad de otra conducta, ubicada por ende en la culpabilidad y como sostiene Villavicencio Terreros, con ello hemos recepcionado la problemática que plantea el miedo insuperable en la ciencia penal española.Tesi

    Aproximación psicoanalítica a la criminología de asesinos seriales colombianos. Un estado del arte

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    Construir un estado del arte con base enlo que se ha investigado previamente sobre los asesinos en serie colombianos desde el psicoanálisis entre los años 2000 a 2020La presente investigación es un escrito monográfico cuya técnica utilizada fue la revisióndocumental, esencial en la consolidación de un estado de lacuestión sobre lo que se ha hablado acerca de aspectos de la criminología en los asesinos en serie colombianos desde la perspectiva del psicoanálisisentre los años 2000 a 2020.Para ello se tienen en cuenta principalmente los aportes teóricos de Freud y Lacan en la comprensión del crimen y del sujeto que lo comete, además de las teorías más relevantes de la criminología desde el carácter sociológico, donde se menciona teorías como las de Robert K. Merton, Howard Becker, Edwin Sutherland y Gottfredson y Hirschi.Finalmente, se analizan aspectos comunes o diferentesperspectivas entre las teorías mencionadas y los artículos actuales resultantes de la revisión documental.Se concluye que,históricamente los actos criminales y el asesinato serial, no solo se comprendena partir de un origen genético y hereditario de un patrón de comportamientos asociadosentre sí, puestambién debe contemplarseelimportante abordaje que tiene elfenómeno del asesinato serial desde aspectos sociales, a partir dela influencia culturalen laestructuración psíquicadel sujeto que es calificado “asesino en serie”, siendo estala apuesta delpsicoanálisis y la criminología sociológica si se trata de profundizar enla perspectiva social de fenómenos criminales

    Las sectas en derecho penal

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    I. Introducción El ser humano, desde su nacimiento como tal, es arrojado en el tiempo y el en espacio del mundo de la vida y, progresivamente, en un contexto por el cual comienza su proceso de socialización. Pero en este proceso puede sufrir deficiencias que alejen la moral individual de lo que un observador denominaría “correcto” o “justo”, deficiencias en ocasiones atribuibles al propio sujeto, pero también a terceros o al propio Sistema social. La contraposición entre la moral individual y la impuesta por el Sistema creará un inevitable conflicto en la conducta del sujeto. II. Motivación Las conductas criminales motivadas fundamentalmente en la moral tradicionalmente han sido desplazadas en el Derecho penal; y ello sin más consideración que el hecho de que su justificación o exención comunicaría a los miembros de la Sociedad la posibilidad de obrar contra la norma amparándose en motivos de conciencia o por convicción. En las sectas confluyen diversos casos especiales en los que los sujetos tienen mermadas sus capacidades volitivas que el Derecho penal ha desatendido específicamente a pesar de su realidad. La presente investigación trata de dar respuesta a qué delito pertenece la conducta que denuncian tradicionalmente muchos adeptos a sectas o grupos religiosos, la persuasión coercitiva, o si en su caso, se precisa una legislación nueva y especial para combatirlas. III. Desarrollo argumental teórico En esta investigación se confrontan las conductas de autores que obran inevitablemente por motivos morales con aquellos otros que sufren algún tipo de déficit. Se han estudiado la fenomenología de las sectas criminales porque suponen un caso paradigmático de confluencia de autores de conciencia, por convicción y enemigos con distintos títulos de responsabilidad singularmente variables y personales, la denominada persuasión coercitiva y la problemática de la autoría y participación, resultando sorprendentes conclusiones como la que se expone en esencia sobre la posibilidad de una “víctima-autor”. Se analizaron la autoría de conciencia, por convicción y el enemigo, resultando la necesidad de confrontar estas tipologías criminales con la estrictamente dedicada a las sectas criminales, y con cualquier tipo de organización que ponga en peligro el Sistema, la Sociedad. La doctrina penal que ha estudiado detalladamente la tipología del autor de conciencia, los conflictos de conciencia o la objeción de conciencia suele encontrar argumentos a favor de la disminución o exención de la responsabilidad, en contraposición a la categoría conceptual del autor por convicción y del enemigo sobre las que se fundamenta la máxima responsabilidad. Se han delimitado normativamente cada tipología y se ha observado como subyace y se repite en todas ellas, un elemento común: el déficit de socialización. La pregunta que se ha contestado es cómo actúa este déficit, a quién puede ser atribuido y qué trascendencia tiene en la responsabilidad penal. Por norma general este déficit es imputable a la libertad del sujeto, pero en ocasiones puede ser atribuido a un tercero (persuasión coercitiva y adicción comportamental), o incluso a la norma misma: déficit de comunicación normativa. Los primeros tres capítulos de la investigación se centran en el estudio de la evolución de la moral y su fuerza orientativa de la conducta en relación al Sistema, los límites legales y su concreción en la libertad de conciencia o religiosa desde el prisma de conductas libres. Se han confrontado las soluciones doctrinales entre autor de conciencia, por convicción y enemigo, y se ha llegado a la primera de las conclusiones: tradicionalmente estas categorías se han analizado aisladamente, sin un estudio comparado que permita una comprensión global de la moral cuando actúa como fuente de criminalidad. Con esta confrontación se ha podido comprobar que en todas ellas pueden encontrarse motivos para atenuar, eximir de responsabilidad o culpar con la máxima pena sin que con ello se afecte al núcleo conceptual de cada una. Del capítulo cuarto a octavo se han confrontado las anteriores soluciones del autor de conciencia, autor por convicción y del enemigo, al ámbito de las sectas, pero desde el prisma de las conductas coaccionadas y los déficits de socialización atribuido a tercero: la persuasión coercitiva y la adicción comportamental. Se ha resaltado la falta de interés en proteger adecuadamente un derecho inherente de la persona: el derecho a la formación de la conciencia, lo que fundamenta la creación de un nuevo tipo penal específicamente combativo de esta fenomenología. Finalmente se han contrastado las conductas libres y las coaccionadas en la institución de la autoría e intervención criminal, resultando en esencia un modelo de comprensión al que hemos denominado la víctima-autor. IV. Conclusión La moral ya no constituye una operación propia del Sistema social funcionalmente diferenciado que rige en la actualidad, sino ciertas influencias ocasionales que han de ser controladas por el Sistema porque todo asunto moral es riesgoso. Las conductas criminales realizadas por motivos morales son valoras por el Sistema de forma tal que crea paradojas: unas veces se eximen, otras se atenúan, y la mayoría de las veces se criminalizan con la máxima sanción. Sin embargo de estas valoraciones resultan paradojas que comunican a la Sociedad una contradicción que desorienta a sus miembros en los comportamientos tutelados por el derecho a la libertad de conciencia. Se ha tratado en esta investigación de poner de relieve esta paradoja y establecer un modelo explicativo y de puntos de unión al objeto de dar solución y revertir las paradojas. El nexo de unión que se ha hallado es el déficit de socialización. Unas veces este déficit es comunicativo-normativo atribuido al propio Sistema, en otras ocasiones el déficit de socialización es atribuido a tercero y normalmente producido por una persuasión coercitiva, y otras generalmente se atribuye al propio sujeto. En concreto, la dinámica estricto sensu de las sectas criminales es la utilización de técnicas de persuasión que se asemejan normativamente a una modalidad del delito de coacciones, pero sin que este delito, ni ningún otro, sea capaz de abarcar todo el desvalor que se produce. Se precisa entonces de una legislación específicamente preventiva con la tipificación de un delito sectario al que hemos denominado delito de persuasión coercitiva con el fin de criminalizar aquellas conductas, que sin suponer un atentado claro contra otros bienes, por ejemplo contra la integridad psíquica, la vida o el patrimonio, anticipadamente pueda prevenir y sancionar ataques contra la capacidad de libertad de voluntad mediante una modalidad de persuasión específica y grave, sin perjuicio de que la concurrencia de otros delitos se resuelva en la institución de los concursos. En las sectas o grupos religiosos, y concretamente en las sectas criminales y coercitivas, confluyen estos déficits que modulan también las tipologías y responsabilidad del autor de conciencia, autor por convicción y del enemigo, resultando una diversidad de títulos de responsabilidad llamativamente personales y variables que producen una figura dogmático-penal novedosa a la que se ha denominado la víctima-autor. En esencia, en esta dinámica criminal en la que confluyen distintos autores que obran impulsados por motivos morales, la víctima del déficit atribuido al Sistema o a tercero interviene tanto en su propia victimización como en la comisión delictiva contra bienes de terceros. Este nuevo modelo dogmático que supone una responsabilidad bidireccional se fundamenta en esencia en el pensamiento luhmanniano de la teoría de los sistemas, esto es, en un pensamiento y modo de observación de los acontecimientos sociales puramente sistémico, y en definitiva en los márgenes de libertad y horizontes de expectativas que la víctima posee y en la desconexión objetiva de los injustos, lo que propicia un análisis en la institución de la coautoría y no en el modelo tradicionalmente señalado de la autoría mediata

    Responsabilidad penal sanitaria: problemas específicos en torno a la imprudencia médica

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    549 p.La labor médica ha cobrado una especial importancia, no sólo por los avances científicos desarrollados en esta área de la ciencia, sino también, porque las expectativas sociales respecto a su correcta aplicación son cada vez más frecuentes en los usuarios de los servicios de salud, implicando que la intervención judicial como consecuencia de imprudencias médicas sea cada vez más común, ya que las denuncias y las decisiones de los tribunales respecto de este tema han aumentado progresivamente en los últimos años. Por lo anterior, se pretende el objetivo de brindar, desde el ámbito jurídico penal, propuestas de solución a algunos problemas específicos seleccionados, no a todos, relacionados con la responsabilidad sanitaria por imprudencia. Por ello, la tesis consta de tres capítulos: el primero sobre aspectos que inciden en la configuración del concepto de imprudencia penal sanitaria; el segundo sobre responsabilidad penal por imprudencia en el equipo médico, y el tercero referido a una especialidad médica, en concreto, la responsabilidad penal por imprudencia en la actividad psiquiátrica, que considero todavía ha sido poco estudiad

    Delitos contra la libertad individual y otras garantías

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    382 p.Este libro nace del interés en investigar sobre los delitos que se cometen contra la libertad individual de miles de colombianos, bien jurídico muchas veces afectad por los actores del conflicto armado colombiano y, otras tantas, por la delincuencia común del narcotráfico o de bandas organizadas. Este es un proceso que lleva varios años y que continúa en construcción, teniendo como base la dogmática penal en un sentido crítico, por lo que no implica la adopción simple de una posición técnico-jurídica, sino que está matizado por aspectos socio-jurídicos que son necesarios en una reflexión sobre este tipo de delincuencia. En este proceso fue imprescindible fijar el alcance del bien jurídico de la libertad individual en sus diferentes expresiones, no solamente como libertad física. Para ello se tuvieron en cuenta las diferentes formas contenidas en las descripciones típicas que expone el Código Penal colombiano: intimidad, autonomía de la voluntad, libertad de trabajo, entre otras.Presentación Introducción Capítulo I. El bien jurídico tutelado Capítulo II. Otros aspectos dogmáticos de los delitos contra la libertad individual Capítulo III. Desaparición Forzada Capítulo IV. El Secuestro Capítulo V. Apoderamiento y desvío de aeronaves, naves o medios de transporte colectivo Capítulo VI. De la detención arbitraria Capítulo VII. Delitos contra la autonomía personal Capítulo VIII. Delitos contra la inviolabilidad de habitación o sitio de trabajo Capítulo IX. De la violación a la intimidad, reserva e interceptación de comunicaciones Capítulo X. De los delitos contra la libertad de trabajo y asociación Capítulo XI. De los delitos contra el sentimiento religioso y el respeto a los difuntos Referencia

    Discursos legales y disciplinares que inciden en el abordaje de la locura y la enfermedad mental en Cali (1970-2000)

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    La locura nos pone frente a "un acto social" que se cristaliza en significantes con los que se circunscribe su dimensión fenomenológica, en discursos y en prácticas. Este documento sigue la vía de historiadores como Sacristán, C., Ríos, A.; Comelles, J. y Huertas, R. que ponen su acento en el lugar de la locura y la psiquiatría en la intrincada red social de regiones particulares. Se busca establecer las polifonías, superposiciones, tensiones, intersecciones e intercepciones existentes entre los discursos políticos, las prácticas sociales y las posturas disciplinares que incidieron en el abordaje de la locura en la ciudad de Cali, entre los años 1970 y 2000. Se revisaron Resoluciones, Decretos y Leyes relacionados directa o indirectamente con la Salud Mental, Sentencias de tutela, tesis universitarias de pregrado, artículos escritos en la Revista Colombiana de Psiquiatría y la Revista Colombiana de Psicología entre 1980 y 2000 y otros documentos divulgados por el Ministerio de Salud Pública de Colombia, la O.P.S. y la O.M.S.. Se encontraron por lo menos dos lógicas paralelas: la del loco hospitalizado y la del loco deambulante. También se muestra que la representación social del loco,permitió espectaculizar su presencia, constituyendo verdaderos íconos de ciudad.MaestríaMAGISTER EN HISTORI

    Pluralismo cultural y razonamiento judicial en los delitos culturalmente motivados

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    Programa de Doctorado en Derecho por la Universidad Carlos III de MadridPresidente: Fco. Javier Ansuátegui Roig.- Secretaria: Patricia Raquel Laurenzo Copello.- Vocal: Guillermo Portilla Contrera

    Consentimiento en Derecho Penal: análisis dogmático y consecuencias prácticas

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    [ES]Se plantea que todos los bienes jurídicos penales individuales son disponibles, por estar integrados no sólo por el sustrato material, sino también por la libertad de disposición que ostente el individuo sobre los mismos. Esto haría que, en la práctica, el consentimiento ostente una gran relevancia y actúe como una causa de atipicidad penal, lo que traería plenos efectos en el análisis de la teoría del delito. El objetivo principal es determinar la relevancia que el consentimiento tiene en el ámbito penal para la solución de los diversos casos prácticos que se presentan en la realidad en torno a esta figura. Ello implica, no sólo analizar la relevancia del consentimiento en los casos en los que el mismo titular del bien jurídico dispone sobre éste y consiente en su lesión o puesta en peligro; sino también los casos en los que el titular del bien jurídico se ve imposibilitado de consentir y un tercero se subroga en su lugar. A la luz de este objetivo principal, son también objetivos de esta tesis los siguientes: - La determinación de un concepto material de bien jurídico como objeto de protección del Derecho Penal. - Un análisis sobre la disponibilidad o no disponibilidad de los bienes jurídicos individuales (personales). - La determinación del fundamento material (ontológico) del consentimiento en un Estado constitucional moderno. - Una toma de postura en torno a la naturaleza jurídica del consentimiento. - Un análisis sobre el consentimiento en los delitos dolosos y en los delitos imprudentes. - El establecimiento de los límites dentro de los que el consentimiento puede operar y de los supuestos en los que cabe la subrogación del titular del bien jurídico. - La determinación de los requisitos necesarios para la validez del consentimiento como eximente de responsabilidad penal. - Las diferencias entre el consentimiento y otras figuras abordadas por la doctrina. - La solución de diversos casos prácticos a partir de los postulados dogmáticos establecidos en torno al consentimiento

    LA PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL En búsqueda de una solución a los problemas dogmáticos y políticocriminales que plantea la muy difundida estrategia procesal de alcanzar la prescripción extraordinaria para lograr la impunidad en los delitos castigados con pena privativa de libertad de poca cuantía, así como los que merecen penas diferentes a la privativa de libertad

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    En los procesos contra delitos castigados con penas menores, la estrategia general de las defensas técnicas, es presentar todo tipo de recursos dilatorios, con el objetivo de alcanzar el plazo de prescripción extraordinaria de la acción penal durante el juicio, antes de la sentencia y lograr así la impunidad del defendido. Esta es una antigua realidad peruana a la cual el derecho debe dar respuesta y con ese objetivo se desarrolla la tesis. La hipótesis es que la prescripción de la acción penal, tal como está legislada en el Perú y también en otros países, tiene una gran incoherencia intrasistémica, debido a su inadecuada importación, a la errada percepción que de ella tuvieron y tienen quienes la diseñaron y aplicaron a lo largo del tiempo y a la escasa investigación que se ha realizado sobre ella. Utilizando un método dogmático histórico, la tesis parte de la normativa actual y rastrea cada elemento de la institución desde sus orígenes, evalúa su transformación a lo largo de la historia, define fundamentos y naturaleza jurídica, analiza los problemas principales, recurriendo también al derecho comparado y llega a conclusiones que reafirman la hipótesis y que permiten concretar dos objetivos: en el plano dogmático, demostrar el error conceptual bajo el cual está legislada en la actualidad la prescripción de la acción penal, proponiendo una teoría distinta, acorde a su naturaleza jurídica y fundamento, que ponga fin a la permanente legislación contradictoria que lleva pendularmente a la institución de un extremo a otro, entre defensores de la persecución y garantistas; y en el plano político criminal, partiendo de esta nueva visión del instituto prescriptor procesal y sus fines, propone alternativas para obtener un mejor rendimiento del mismo, con la pretensión de impedir la problemática que originó la investigación.Tesi
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